La American Academy of Pediatrics (AAP) apoya las leyes y políticas públicas enfocadas a eliminar cualquier forma de discriminación de niños o adolescentes infectados con VIH (el virus que causa el SIDA).
VIH/SIDA en las escuelas:
Todos los niños y adolescentes infectados con VIH deben tener el mismo derecho de asistir a la escuela y al cuidado infantil que aquellos sin la infección. Los niños y adolescentes infectados deberán tener acceso a educación especial y otros servicios relacionados (incluyendo educación en el hogar) en caso de que su enfermedad progrese e surja la necesidad. Se deberá respetar la confidencialidad del estado de la infección de VIH de un niño o adolescente, únicamente se divulgará con el consentimiento de los padres o tutores legales.
VIH/SIDA en los deportes:
Se deberá estimular a todos los niños y adolescentes infectados con VIH a que practiquen deportes, hasta donde les permita su salud. Se deberá respetar la confidencialidad del estado de la infección de VIH de un niño o adolescente, únicamente se divulgará con el consentimiento de los padres o tutores legales. En el caso de posible exposición a los fluidos corporales, se deben seguir las precauciones universales, sin importar el estado de VIH del atleta.
Leyes para VIH/SIDA:
A medida que aumenta el número de niños, adolescentes y adultos jóvenes infectados con VIH, la AAP apoya el financiamiento federal para la investigación del SIDA y servicios de atención médica tanto para las personas infectadas y afectadas por el VIH como para sus familias.
Pruebas para VIH/SIDA:
La AAP recomienda que la información sobre la infección de VIH, la prevención de la transmisión de VIH de madre a hijo y la prueba de anticuerpos para VIH se proporcione de manera rutinaria como parte de un programa integral de cuidados de la salud para las mujeres embarazadas. Deberán realizarse pruebas documentadas y rutinarias de anticuerpos para VIH a todas las mujeres embarazadas en Estados Unidos después de notificarles que estas se llevarán a cabo, a menos que la paciente rechace la prueba de VIH (llamado consentimiento de “exclusión” o “derecho de rechazo”). Si las pruebas maternas no se pueden realizar, se deberán realizar pruebas al bebé con la prueba de anticuerpos en sangre. La AAP también recomienda que se ofrezcan pruebas de detección rutinarias a todos los adolescentes, al menos una vez entre los 16 y 18 años de edad, en instituciones de cuidados de la salud si la incidencia de VIH en la población de pacientes es mayor que 0.1%. En las áreas con menor incidencia de VIH en la comunidad, se fomenta realizar pruebas de VIH a todos los adolescentes sexualmente activos y aquellos con otros factores de riesgo para VIH.